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Legalizaciones

Para autenticar el documento público destinado para uso en el extranjero se legaliza la firma y el sello de la autoridad emitente sin responsabilizarse de su contenido del documento.
 

En el caso de los documentos públicos de Chile, el Convenio de la Apostilla (La Convención de La Haya que Suprime la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros) entró en vigor el 30 de agosto de 2016. Todas las informaciones sobre esta forma de legalización están disponible el la página apostilla.gob.cl

En el caso de los documentos públicos de Bolivia, el Convenio de la Apostilla entró en vigor el 7 de mayo de 2018 (vea la página del Convenio de 5 de octubre de 1961 Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros). Los documentos emitidos por las autoridades de Bolivia serán apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia, a través de sus oficinas en La Paz, Santa Cruz y Cochabamba.

El comunicado oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia

Apostila en Bolivia

No hace falta legalizar los documentos apostillados en la Embajada o los Consulados honorarios.

Además se pueden legalizar traducciones, fotocopias, plenos poderes y otros documentos (excepto documentos de identidad), sin embargo siempre y cuando el destino de estos documentos será la República Checa.   

Tomen nota:
La Embajada y Consulados Honorarios no legalizarán documentos checos que deben ser utilizados en Chile o Bolivia. En este caso hay que instruir a los solicitantes que deben enviar los documentos a la República Checa y conseguir la apostilla del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Checa (e.d. con el sello de apostilla para hacer valer el documento en Chile o Bolivia).